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La sentencia ordena el cese definitivo de la actividad.

Después de tres años de taconeos, tañido de castañuelas, golpes intermitentes y sonidos musicales constantes, 116 familias pueden descansar. La Audiencia Provincial de Madrid acaba de ratificar la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Alcobendas por la que se condena “por ruidos aéreos y de impacto” a la academia de baile flamenco y moderno Danzarte, situada debajo del edificio de viviendas de la calle de José Hierro, número 8, en San Sebastián de los Reyes. El centro de baile abría de 10.30 a 23.00 de lunes a sábado e, incluso, algunos domingos.

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La sentencia ordena el cese definitivo de la actividad de la academia de baile y obliga al propietario del local, Gesalter, a realizar las obras de insonorización necesarias si pretende abrir cualquier negocio similar. También reconoce los daños morales ocasionados a los propietarios durante los tres años que se impartían clases con horarios continuados de 10.30 a 23.00 horas, todos los días de la semana, incluyendo algunos domingos.

Por eso, la academia Danzarte debe indemnizar con 3.000 euros a las dos familias más perjudicadas, las propietarias de los pisos situados justo encima del local, y asumir las costas del procedimiento. Una cuantía que trata de resarcir el calvario por el que han pasado Raúl Bernabé y Ana Isabel Martínez, uno de los matrimonios del primer piso.

Raúl necesitó tratamiento médico por ansiedad y estrés, y Ana Isabel tuvo que pasar el embarazo de su segundo hijo padeciendo aquel ruido intolerable con un cuadro de estrés grave. Su hijo de dos años tuvo alteraciones del sueño. “El ruido y la música a altísimo volumen hasta altas horas de la noche hacían imposible vivir, descansar o tan siquiera estar en sus viviendas, lo que supone una violación del derecho a la intimidad de las personas, que debe evitarse dotando de las obras necesarias de insonorización a los negocios que las ocasionan”, explica Ricardo Ayala, abogado de la comunidad de vecinos, al que se ha notificado la resolución judicial el pasado lunes 1 de febrero.

Este caso pone sobre la mesa la dejadez de algunos Ayuntamientos frente a la contaminación acústica, al no vigilar el cumplimiento de las ordenanzas municipales. Pese a las quejas presentadas por los vecinos en el Ayuntamiento de San Sebastián, y a las innumerables llamadas a los agentes de la Policía Local —que dejaron constancia en acta de la presencia “de fuertes ruidos y vibraciones”—, el Consistorio no actuó ni solicitó mediciones.

Es más, dio por válida una pequeña obra de aislamiento realizada en el local en 2001 y concedió la licencia de funcionamiento. Ahora, el juez define esa reforma como “deficiente e insuficiente” para frenar el daño sufrido por los vecinos.

El abogado Ricardo Ayala destaca que lo importante de la sentencia es que “da esperanza a otras personas que padecen daños por ruidos al acoger la demanda de esta comunidad de vecinos, basándose en que las molestias a hogares tienen solución por vía civil si la Administración hace dejación de sus funciones”.

La Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado la sentencia que condena a la academia de baile como responsable de la actividad, si bien ha exculpado a la empresa propietaria del local alquilado, Gesalter, donde se producían las molestias, a pesar de conocer y consentir el problema.

http://ccaa.elpais.com/ccaa/2016/02/08/madrid/1454960333_873625.html

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